FALLO DETERMINANTE.- El desarrollo de los acontecimientos colocó nuevamente a la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo ante la posibilidad de tomar una decisión que impacte en el mecanismo de selección de jueces. En junio de 2006, el tribunal compuesto por Carlos Giovanniello y Rodolfo Novillo suspendió la constitución del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) por simple decreto del Poder Ejecutivo (PE) a instancias del Colegio de Abogados de la Capital. Con posterioridad, en febrero de 2008, la Sala II declaró la inconstitucionalidad de la cláusula constitucional -incorporada por la reforma de 2006- que habilitaba al PE a organizar discrecionalmente al órgano. "Esta competencia de 'selección' pública, profesional y objetiva, es la razón de ser del CAM y es la más sobresaliente y reconocible de las atribuciones que se le atribuyeron en todas las Constituciones argentinas comparadas, porque este órgano se crea primordialmente para llevar a cabo con un mayor grado de profesionalismo (o un menor grado de politización...) la selección de idoneidad de los aspirantes a la magistratura judicial", expresaron los camaristas en un fallo esencial para la formulación del sistema vigente.
ANTECEDENTE.- Esta es la segunda vez que la Justicia paraliza un trámite para cubrir una de sus vacantes. La primera oportunidad tuvo lugar en 2010 tras la prueba escrita para seleccionar a cuatro camaristas civiles y comerciales (proceso con el que debutó el CAM). A diferencia de este caso, donde la Corte revisó la actuación del órgano de selección de jueces, la Sala II analizará ahora la actividad del PE en lo que se conoce como el tramo político de la designación.